Pagará siempre la misma cuota, sin preocuparse por las futuras subidas de tipo de interés y aprovechando las bajadas. Las variaciones de tipo de interés repercuten en el plazo y no en la cuota, por lo que en el caso de que disminuya el tipo de interés se reduce el plazo, mientras que si el tipo de interés sube aumentará el número de cuotas a pagar, no el importe de las mismas.
Las condiciones generales de este tipo de préstamo son:
Información fiscal
Si se trata de la vivienda habitual, disfrutará de las máximas ventajas fiscales:
Podrá deducirse en la cuota del IRPF el 15% de las cantidades que haya satisfecho durante el ejercicio en la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual (en caso de haber utilizado financiación ajena se incluye el importe de capital, intereses y demás gastos), con un límite máximo de 9.015 euros por declaración.